EL PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD DE LOS DERECHOS HUMANOS

 EL PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD DE LOS DERECHOS HUMANOS 

    Un principio, en general, es un concepto que permite abstraer y explicar una parte de la realidad. Su función es la de ser fundamente o cimiento teórico. En otras palabras, un principio es un piso firme que soporta una teoría.  


    El sistema de Derechos humanos se sustenta en cuatro principios, a saber:  universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. De acuerdo con el jurista Robert Alexy los principios jurídicos son conceptos que ordenan o mandan a que algo se cumpla o realice en la mayor medida posible, de conformidad con las posibilidades fácticas y jurídicas.   


    En este sentido si bien toda persona tiene en todo momento todos y cada uno de los derechos humanos, por la razón de ser persona, no significa que los tenga plenamente garantizados, es decir, la persona tiene el derecho humano a la salud, el Estado garantiza ese derecho, mediante la creación de distintas normas jurídicas, como la ley general de salud, ley orgánica de la administración pública, ley de egresos, entre otras, además diseña políticas públicas y ordena la construcción de infraestructura, la compra de insumos, y contratación de personal. 


    Es así que el Estado intenta garantizar el Derecho humano a la salud, sin embargo, puede darse el caso que una persona requiera un tratamiento novedoso o muy costoso, el cual resulta inviable garantizarlo, por lo que para ese caso específico el mandato relativo al derecho a la salud, no se puede cumplir debido a una imposibilidad fáctica, la cual puede ser económica o tecnológica. 


    Sin embargo, al momento de que un mandato se topa con imposibilidades fácticas y o jurídicas, aparece el principio de progresividad, el cual ordena que, de manera gradual, tanto reglas como principios logren su pleno cumplimiento. 

Lo anterior implica que, se activen medidas que conduzcan a la garantía plena de los derechos humanos, dichas medidas pueden ser cumplidas en corto, mediano o largo plazo. Es decir, siguiendo el ejemplo arriba descrito, adquirir la tecno logia faltante, destinar más recursos humanos y económicos, capacitar personal, crear o modificar normas jurídicas, etc.  


    El principio de progresividad es el contrapeso a la imposibilidad fáctica o jurídica que pudiera impedir la garantía plena de cualquier derecho humano. 


Tesis relacionadas



El principio de progresividad que rige en materia de los derechos humanos implica tanto gradualidad como progreso. La gradualidad se refiere a que, generalmente, la efectividad de los derechos humanos no se logra de manera inmediata, sino que conlleva todo un proceso que supone definir metas a corto, mediano y largo plazos. Por su parte, el progreso implica que el disfrute de los derechos siempre debe mejorar. En tal sentido, el principio de progresividad de los derechos humanos se relaciona no sólo con la prohibición de regresividad del disfrute de los derechos fundamentales, sino también con la obligación positiva de promoverlos de manera progresiva y gradual, pues como lo señaló el Constituyente Permanente, el Estado mexicano tiene el mandato constitucional de realizar todos los cambios y transformaciones necesarias en la estructura económica, social, política y cultural del país, de manera que se garantice que todas las personas puedan disfrutar de sus derechos humanos. Por tanto, el principio aludido exige a todas las autoridades del Estado mexicano, en el ámbito de su competencia, incrementar el grado de tutela en la promoción, respeto, protección y garantía de los derechos humanos y también les impide, en virtud de su expresión de no regresividad, adoptar medidas que sin plena justificación constitucional disminuyan el nivel de la protección a los derechos humanos de quienes se someten al orden jurídico del Estado mexicano.


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