QUÉ SON LAS CONTRIBUCIONES

 QUÉ SON LAS CONTRIBUCIONES


    Contribuir al gasto público es una obligación de todo ciudadano. Se contribuye para financiar lo que el gobierno programa cada año como gasto. En otras palabras, el contribuyente aporta un porcentaje de sudinero para que el gobierno lo administre y reparta. 

 

    Las contribuciones de acuerdo con el artículo 2 del código fiscal federal mexicano se dividen en: 


1.       Impuestos establecidos en ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma, ejemplo IVA, ISR.  

2.      Aportaciones de seguridad social son las contribuciones establecidas en ley, por ejemplo, seguro social, INFONSVIT,  

3.      Contribuciones de mejoras son las establecidas en Ley a cargo de las personas físicas y morales que se beneficien de manera directa por obras públicas. 

4.      Derechos son las contribuciones establecidas en Ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Nación, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público. 

 

    Además, de las cuatro formas de contribución el mismo artículo señala que los recargos, las sanciones, los gastos de ejecución y la indemnización son accesorios de las contribuciones y participan de la naturaleza de éstas, es decir, su pago es obligatorio. 

 

    El trabajador destina en promedio el 21% de su sueldo al pago de contribuciones, es decir el gobierno se queda con dos pesos de cada diez que gana el trabajador.  

 

    Por otro lado, un empresario en promedio destina un 53 % de su ingreso al pago de contribuciones.  La suma del pago de contribuciones forma lo que se denomina ingreso ordinario, todo ese dinero lo gasta año con año el gobierno en la propia administración pública, en obras, planes y subsidios. 

 

    El gasto público en México de acuerdo con un estudio realizado por el Banco interamericano de desarrollo (2020), demostró que ese país es de los que peor ejercen y distribuyen sus recursos públicos, ubicándolo en el sexto lugar. 

    De acuerdo con la constitución mexicana es obligación gubernamental mantener un gasto público eficaz y eficiente. De acuerdo con el referido estudio México tiene una ineficiencia del gasto de 4.7% del PIB. La cifra del PIB en el cuarto trimestre de 2020 fue de 248.982 millones de euros, por lo que el 4.7 representa en euros 117021.54 de ineficiencia en cuanto al gasto público. Para el año 2021 el gasto público fue de 296.879,2 millones de pesos lo que representó el 27,12 % del PIB.

    Es así, que el gobierno en turno tiene la obligación de disminuir la ineficiencia del gasto público, a efecto de que el dinero de los contribuyentesmexicanos se gaste de manera eficaz y eficiente y por tanto legal y legítimamente.  

Tesis relacionadas:

OBLIGACIONES FISCALES. LA AUTODETERMINACIÓN DE LAS CONTRIBUCIONES PREVISTA EN EL ARTÍCULO 6o. DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN NO CONSTITUYE UN DERECHO, SINO UNA MODALIDAD PARA EL CUMPLIMIENTO DE AQUÉLLAS A CARGO DEL CONTRIBUYENTE.


El citado precepto dispone que corresponde a los contribuyentes determinar las contribuciones a su cargo, salvo disposición expresa en contrario. Consecuentemente, en el causante recae la obligación de determinar, en cantidad líquida, las contribuciones a enterar, mediante operaciones matemáticas encaminadas a fijar su importe exacto a través de la aplicación de las tasas tributarias establecidas en la ley. La autodeterminación de las contribuciones parte de un principio de buena fe, el cual permite al contribuyente declarar voluntariamente el monto de sus obligaciones tributarias. Ahora bien, la interpretación del artículo 6o. del Código Fiscal de la Federación pone de relieve que la referida autodeterminación no constituye un reflejo de algún principio constitucional, esto es, no se trata de un derecho a favor del contribuyente, sino de una modalidad relativa al cumplimiento de sus obligaciones fiscales, cuya atención supervisa la autoridad fiscal, como lo acredita la existencia de las facultades de comprobación en materia tributaria.

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