QUÉ ES UNA FICCIÓN JURÍDICA
QUÉ ES UNA FICCIÓN JURÍDICA
Al derecho como
ciencia lo conforma una serie de normas jurídicas de distinta índole. Sin embargo,
gran parte del lenguaje jurídico se basa en ficciones jurídicas. La ficciónjurídica resulta de utilidad para el ejercicio y comprensión del derecho.
Una ficción engeneral no es un enunciado verdadero, ni una mentira, ni una conclusión
errónea, es más bien, una suposición conveniente. No es mentira por el hecho de
que no está diseñada para engañar.
La suposición
conveniente se debe entender como un criterio comunicativo y creador de
realidades convencionales, es decir, una ficción jurídica supone un reconocimiento
de que cierto enunciado tiene cierta utilidad. En este sentido una ficción se
construye formulando un enunciado del cual se sabe parcial o totalmente que es
falso, pero se reconoce su utilidad.
Una ficciónjurídica es útil cuando se usa con conocimiento de que es falsa, pues de
considerarse la ficción jurídica como verdadera se convierte en peligrosa y
pierde su utilidad.
Ejemplos de
ficciones jurídicas útiles
- Fusión de patrimonios
- frutos de las obligaciones
- violación de contratos
Se observa que si
se asumen las ficciones jurídicas de manera literal o verdadera crean confusión
o bien pierden utilidad, en sentido contrario si se consideran útiles se
normalizan dentro del lenguaje jurídico y cobran sentido.
Otro ejemplo de
ficción jurídica muy utilizado es el de personalidad jurídica, la palabra
persona significa etimológicamente mascara por lo que sumarle el adjetivo de
jurídico resulta en un sinsentido lingüístico, pero como ficción resulta
jurídicamente útil pues permite distinguir entre personas que tienen capacidad suficiente para contraer
obligaciones y realizar actividades que generan plena responsabilidad jurídica, frente
a sí mismos y frente a terceros.
En este sentido
las llamadas instituciones jurídicas son también ficciones jurídicas, algunos
ejemplos:
el matrimonio
La adopción
El trabajo
El estado
El conocimientojurídico en su búsqueda de aprender su objeto de estudio utiliza las ficciones
jurídicas con el fin de representar la naturaleza del derecho y su ejercicio.
Tesis relacionadas:
El artículo 29, fracción VII, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado prescribe que se considerará exportación de bienes o servicios la prestación de servicios de hotelería y conexos realizados por empresas hoteleras a turistas extranjeros que ingresen al país para participar exclusivamente en congresos, convenciones, exposiciones o ferias a celebrarse en México. Al respecto, debe tomarse en cuenta que para efectos del impuesto al valor agregado, ninguna actividad tiene de antemano una cierta y predeterminada naturaleza, motivo por el cual los actos o actividades a los que el legislador considere exportación -es decir, aquellos a los que les atribuya los efectos jurídicos de una exportación-, tendrán dicha naturaleza jurídica, por la propia decisión del legislador y no por algo esencial a ellos. En este contexto, la referencia a que el supuesto contemplado por el legislador en la indicada fracción constituye una "ficción jurídica", necesariamente deriva de la percepción de un sujeto frente a una realidad distinta a la normativa, correspondiente a situaciones de hecho, pasando por alto la competencia del legislador para delinear los supuestos normativos con un margen de libertad. Así, si bien es cierto que los supuestos contemplados en las demás fracciones del artículo en cuestión tienen como común denominador que el aprovechamiento del bien o del servicio tiene lugar fuera del territorio nacional, también lo es que ello no es una limitante para que el legislador establezca un supuesto en el que se considere exportación un servicio aprovechado en el país, si ello no tiene lugar conjuntamente con la afectación a garantías individuales.
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